Actualizado: Abril 2026 (Publicado originalmente: Agosto 2025)
A un año de su entrada en vigor, la Ley 21.643 divide aguas. En los pasillos se escucha el mismo murmullo: “¡Ten cuidado, que te pueden aplicar la Ley Karin!”; y la discusión se tensa desde la primera línea. “Hoy todo se puede malentender”, advierte Christian Pedraza, gerente de operaciones. Para la docente María José Carrasco, en cambio, “la ley está bien diseñada”.
La norma modificó el Código del Trabajo y puso negro sobre blanco exigencias que antes quedaban a la buena voluntad: protocolos obligatorios, equipos designados y canales formales de denuncia. Es decir, menos discrecionalidad y más procedimiento.
Cifras del primer año: 44.212 denuncias
Los números ayudan a dimensionar: entre agosto de 2024 y junio de 2025, la Dirección del Trabajo (DT) registró 44.212 denuncias. Sin embargo, solo el 21,3% se comprobó como acoso bajo la ley. El resto sigue en investigación o fue descartado, creando cuellos de botella en la DT.
Dato Clave: En el sector privado, el 67% de las denuncias proviene de mujeres; en el sector público, la cifra sube al 76%.
Prevención y el desafío de las PYMES
La prevención aparece como la llave maestra. María Cristina Fernández (KPMG) sostiene que sensibilizar reduce denuncias improcedentes. Esta urgencia ha movido recursos: el SENCE reportó más de $6.433 millones invertidos en capacitación.
Pero el aterrizaje no es simétrico. Mientras las grandes organizaciones absorben el costo, las PYMES lo sienten en cada paso: desde separar a las partes en equipos pequeños hasta resguardar la confidencialidad en oficinas donde todos se conocen.
Conclusión: Un terreno en construcción
Entre los extremos de “todo es acoso” versus “nada ha cambiado”, emerge un terreno en construcción. Ajustar definiciones, estandarizar competencias de investigación y apoyar a las PYMES parecen pasos ineludibles para que la ley no se quede solo en el papel.
¿Has vivido cambios en tu entorno laboral tras la implementación de la Ley Karin? Déjanos tu opinión en los comentarios.
© 2026 Daniel Olivero González. Todos los derechos reservados.
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